Cada persona cuenta. Cada búsqueda importa.

Criterios de Evaluación y Admisión de Casos de Personas Desaparecidas

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Alcance y propósito

La Fundación FindU tiene como objetivo apoyar en la localización e identificación de personas desaparecidas, especialmente cuando:

  • Las autoridades han realizado esfuerzos iniciales sin resultados.
  • Se identifique una oportunidad para colaborar de forma complementaria con las autoridades y familiares en acciones de búsqueda e investigación.
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Casos elegibles

FindU considerará intervenir en los siguientes tipos de casos:

  • Casos activos en los que ya intervino la Policía u otras agencias investigativas, pero se necesita apoyo adicional en aspectos técnicos, búsqueda terrestre, análisis forense o vinculación con la familia.
  • Casos en los que no se han hecho búsquedas sustanciales, pero existe disposición de los familiares para colaborar con FindU y con las autoridades pertinentes.
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Antigüedad del caso

Casos recientes: Se considerarán casos con más de 6 meses desde la desaparición, como punto de partida estándar para evaluación.

Casos de larga data (cold cases)

No se establece un límite estricto de antigüedad. Casos de más de 10 años serán evaluados cuidadosamente, según:

  • Accesibilidad a evidencia, archivos y datos.
  • Interés y compromiso de la familia.
  • Posibilidades reales de localización o análisis.
  • Viabilidad de colaborar con las agencias que aún conserven jurisdicción.
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Información mínima requerida

Para evaluar un caso, FindU requerirá información básica que idealmente ya ha sido recopilada por las autoridades y el querellante. Esta incluye:

Datos personales

Nombre completo, edad, estatura, peso, complexión, vestimenta (incluyendo calzado), color de piel, ojos, y cabello, señas particulares (cicatrices, tatuajes, lunares), condiciones médicas o mentales relevantes.

Circunstancias de la desaparición

Lugar y fecha de la última vez que fue vista, con quién estaba, posibles testigos, antecedentes personales, si hay historial de desapariciones previas, etc.

Documentación visual y contacto familiar

Fotografías recientes, datos completos del querellante (dirección, teléfono), relación con la persona desaparecida.

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Protocolo general de actuación en Puerto Rico

Referencia contextual

  • En Puerto Rico, las personas suelen acudir al cuartel tras 24 horas sin saber del paradero de alguien, aunque la querella puede hacerse en cualquier momento si hay sospecha de desaparición.
  • En el caso de menores, la notificación debe hacerse de inmediato. Si se trata de niños/as menores de ocho años, el FBI asume automáticamente la jurisdicción.
  • Las autoridades exhortan a los familiares a visitar hospitales, cárceles, instituciones, etc., mientras se activa el protocolo oficial.
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Evaluación del caso

Cada caso será evaluado individualmente por el Comité Técnico de la Fundación, tomando en cuenta:

Colaboración

Posibilidad de colaboración con la familia y las autoridades.

Viabilidad

Viabilidad logística y técnica de realizar una búsqueda o análisis.

Recursos

Riesgos, recursos requeridos y urgencia.